El Tribunal Supremo (STS 3620/2025, de 17 de julio) ha resuelto un asunto de gran relevancia para muchas familias con negocios de arrendamiento de inmuebles. El caso se centraba en la aplicación de la reducción del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones, prevista para facilitar la continuidad de las empresas familiares.
Tras el fallecimiento de la propietaria de varios locales, sus herederos solicitaron este beneficio fiscal. La dificultad surgió porque la persona contratada para gestionar la actividad era, a su vez, una de las comuneras heredera. La Administración Tributaria catalana entendió que esa situación impedía considerar la existencia de un contrato laboral válido, lo que comportaba la pérdida de la reducción.
El Supremo, sin embargo, ha adoptado una interpretación más finalista de la norma. Recuerda que lo esencial no es tanto la forma del contrato, sino la realidad de la actividad económica y la voluntad del legislador de favorecer la continuidad de las empresas familiares. Por ello, concluye que el hecho de que un comunero sea contratado por la comunidad de bienes no excluye automáticamente la existencia de una relación laboral, siempre que concurran las características propias del trabajo: voluntariedad, dependencia, ajenidad y retribución.
La sentencia refuerza la idea de que los beneficios fiscales vinculados a la empresa familiar deben interpretarse atendiendo a su finalidad: asegurar la pervivencia del negocio tras el relevo generacional. En consecuencia, Hacienda no puede denegar la reducción del 95% únicamente por el hecho de que el empleado contratado sea también heredero o comunero, si se acredita que existe un trabajo real y efectivo a jornada completa.
Aunque la decisión del Supremo supone un respaldo a las empresas familiares, también recuerda la importancia de la planificación. No basta con tener un contrato formal: es necesario demostrar la actividad laboral y la continuidad de la gestión. Sólo de esta forma se podrá defender ante Hacienda la aplicación de reducciones fiscales que generan importantes ahorros de impuestos.